¿Qué es la LCM?

Actualización 2026-03

La Licencia de Configuración de Modelo (LCM) es la certificación oficial otorgada por el Estado que habilita a un fabricante a producir en serie y comercializar legalmente vehículos o remolques (como acoplados y tráileres).

Esta licencia cumple una doble función fundamental en el mercado:

  1. Garantía de Fabricación: Certifica que el modelo diseñado cumple con todos los estándares técnicos y de seguridad activa y pasiva exigidos por la normativa.
  2. Habilitación Registral: Es el instrumento legal indispensable para que el comprador final pueda inscribir y patentar la unidad a su nombre ante el Registro Automotor (DNRPA). Sin LCM de origen, no hay patentamiento posible.

Todo este proceso de homologación y exigencia técnica se encuentra enmarcado jurídicamente en la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 y regulado de forma estricta por su Decreto Reglamentario 779/1995.


Quiero ser Fabricante ¿Cómo tramito la LCM?

Para obtener la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) de un vehículo remolcado en Argentina, el fabricante debe cumplir con una serie de requisitos burocráticos y de calidad previos a la presentación del expediente técnico.

 

Los principales requisitos son:

a) Inscripción como Fabricante: Acreditar la condición de empresa fabricante/armadora según los lineamientos de la Resolución 838/1999 (y sus modificatorias) de la Secretaría de Industria.

b) Registro de Marca: Contar con el trámite de inscripción de la marca comercial del vehículo iniciado o concedido ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial INPI (https://portaltramites.inpi.gob.ar/). La marca registrada debe coincidir con la que llevará la unidad.

c) Certificación de Planta (Sistema de Gestión de la Calidad "SGS"): Bajo normas ISO 9001:2015 (o versiones posteriores). Este requisito es fundamental para garantizar y auditar la Conformidad de Producción, asegurando que las unidades fabricadas en serie mantengan las mismas características del prototipo homologado.

d) Código de Identificación de Fabricante (WMI): Tener otorgado el código WMI (World Manufacturer Identifier) otorgado por SAE International (https://www.sae.org/).  Este código internacional de 3 caracteres es el que permite conformar el número de chasis o VIN (Vehicle Identification Number) de 17 dígitos, obligatorio para el patentamiento.

e) Requisitos Administrativos Complementarios (TAD): Realizar la gestión y carga de documentación técnica (legajo completo incluyendo: planos, memoria de cálculo, memorias descriptivas y ensayos de laboratorio de los componentes de seguridad) se canaliza de forma digital a través de la plataforma TAD (Trámites a Distancia).

 

¿Cómo inicio el trámite de LCM?

Actualmente, la solicitud formal de la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) se realiza de manera 100% digital a través de la plataforma TAD (Trámites a Distancia - www.tramitesadistancia.gob.ar). Sin embargo, el verdadero desafío y el proceso que demanda mayor tiempo radica en la preparación de ingeniería y validación previa a la carga del expediente.

Si bien la documentación exigida varía según la categoría vehicular del remolque (O1, O2, O3, etc.), el núcleo del trámite exige superar tanto la validación física (ensayos) como la documental técnica.

El proceso se estructura en los siguientes pasos clave:

1. Construcción del Prototipo El fabricante debe desarrollar una "unidad prototipo" que cumpla de manera estricta con los requisitos de seguridad activa y pasiva exigidos por la Ley Nacional de Tránsito y las resoluciones vigentes para la categoría que se pretende fabricar y comercializar.

2. Ensayos de Laboratorio (Dinámicos y Estáticos) Esta es la etapa técnica más crítica. El prototipo debe ser sometido a pruebas por un laboratorio de ensayos certificado y reconocido por el Estado (por ejemplo, el GEMA de la Universidad Nacional de La Plata https://gema.ing.unlp.edu.ar/).

  • El laboratorio somete la unidad a testeos rigurosos y directos (ej. capacidad de frenado, anclajes, ensayos estáticos).
  • Finalizadas las pruebas, el ente emite un Informe de Ensayo Técnico vinculante, certificando que el prototipo cumple satisfactoriamente con los parámetros de la ley.

3. Conformación del Dossier o "Carpeta Técnica" En simultáneo a los ensayos, el fabricante y su ingeniero certificador deben confeccionar la carpeta técnica según los anexos regulatorios del INTI y la Secretaría de Industria. Este dossier es exhaustivo e incluye:

  • Memorias descriptivas con dimensiones, pesos (Tara, PBT) y capacidades.
  • Listado y descripción de sistemas críticos (iluminación, frenos, enganche) y componentes de seguridad (que deben contar con su respectivo Certificado de Homologación de Autopartes de Seguridad - CHAS, como neumáticos y ejes).
  • Cálculo Estructural mediante Elementos Finitos (FEA) del chasis, para validar matemáticamente la resistencia de la estructura.

4. Presentación Digital y Evaluación (TAD) Una vez que se recopilan los informes de laboratorio aprobados y el dossier técnico completo, se digitaliza toda la información. Se abona la tasa administrativa correspondiente y se ingresa la solicitud formal vía TAD.

A partir de allí, el organismo técnico evalúa el expediente. Si detectan inconsistencias, emitirán solicitudes de subsanación u observaciones que el fabricante deberá corregir. De estar todo en regla, el trámite concluye de forma positiva con la emisión y publicación oficial de la LCM.

Una vez presentado todo por TAD, ¿como sigue?

Evaluación, Dictamen y Otorgamiento de la LCM

Una vez ingresado el expediente y abonada las tasas correspondientes, la autoridad de aplicación (la Secretaría de Industria o la dependencia gubernamental equivalente con competencia) recibe la solicitud. Dado que esta es la entidad que, en última instancia, otorga la LCM, el primer paso administrativo es derivar el expediente al INTI (Instituto Nacional de Tecnología Industrial) para su auditoría.

1. Auditoría Técnica (INTI) El INTI actúa como el ente responsable de la evaluación técnica vinculante. Su función es analizar minuciosamente el dossier técnico y los informes de los ensayos, contrastando cada parámetro de la unidad con las exigencias de la normativa de tránsito vigente.

Durante esta etapa, el INTI tiene la facultad de emitir notificaciones oficiales al solicitante para requerir información complementaria, solicitar la corrección de planos o exigir subsanaciones documentales hasta garantizar el cumplimiento absoluto de los requisitos de seguridad.

2. Dictamen Favorable y Resolución Final Una vez que el INTI concluye el análisis técnico de manera satisfactoria, emite un dictamen técnico favorable y restituye el expediente a la Secretaría de Industria. Con este aval técnico, la autoridad de aplicación procede a redactar y emitir oficialmente el certificado de la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) a nombre del fabricante.

3. Notificaciones Electrónicas Todo el flujo de comunicación, incluyendo los requerimientos de información del INTI, las intervenciones de la Secretaría de Industria y la notificación de la resolución final con el otorgamiento de la LCM, se realiza de manera electrónica, formal y fehaciente mediante el Domicilio Especial Electrónico constituido en la plataforma TAD.

Pasos a seguir una vez otorgada la LCM

Alta como Fabricante en ACARA y DNRPA 

Con la obtención de la Licencia de Configuración de Modelo (LCM), el fabricante queda legalmente habilitado para iniciar la producción en serie y la comercialización de los remolques o tráilers correspondientes a la categoría homologada.

No obstante, como paso previo indispensable para la entrega de la unidad y su posterior inscripción inicial (patentamiento) por parte del adquirente, la empresa debe tramitar su alta formal como fabricante ante ACARA (Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina).

El rol de ACARA en el proceso de inscripción: ACARA es el ente cooperador reconocido por ley y facultado para la provisión y administración de la documentación registral oficial. El fabricante inscripto tiene la obligación de adquirir a través de este organismo los formularios registrales en blanco —específicamente Certificado de Fabricación Digital el Formulario 01 (Inscripción Inicial) y el Formulario 12D (Verificación Policial Digital)—.

Estos formularios debidamente completados, junto con la factura correspondiente son los que el adquiriente deberá presentar en el RNPA.

¿Qué es el CHAS?

Régimen Actual de Autopartes: Flexibilización del CHAS, Excepciones y Traslado de la Responsabilidad Legal

A partir de las normativas de desregulación implementadas entre 2024 y 2025 (como la Resolución 434/2024), el Certificado de Homologación de Autopartes de Seguridad (CHAS) tradicional dejó de ser un trámite previo y obligatorio ante el INTI para la importación y comercialización de la mayoría de las autopartes en Argentina.

Si bien el propósito central de esta medida es reducir la burocracia, agilizar las importaciones y disminuir los costos operativos y de mantenimiento en el sector automotor, no elimina la exigencia de seguridad de la pieza, sino que transforma el esquema de control y traslada la carga de la responsabilidad.

Los lineamientos técnicos y jurídicos del nuevo esquema son los siguientes:

  • Traslado de la Responsabilidad Civil y Penal (Punto Crítico): Al eliminarse la certificación estatal preventiva general, la responsabilidad total ante una falla o siniestro recae de forma directa y solidaria sobre el importador, el fabricante, el armador o el comercializador. En caso de litigio o peritaje, son estos actores quienes deberán responder con su patrimonio, asumiendo la carga de demostrar que la pieza comercializada o instalada era segura.
  • Certificación Voluntaria y Normativas Internacionales: Esto quiere decir que si bien el CHAS tradicional no es obligatorio, es una garantía en cuanto a la responsabilidad legal sobre la misma. Actualmente se puede garantizar la seguridad de la autoparte cumpliendo con Nuevas Licencias de Certificación o normativas técnicas internacionales reconocidas (como UNECE, DOT, ISO). Aunque la certificación sea voluntaria para el ingreso al país en la mayoría de los casos, resulta indispensable como respaldo técnico para una comercialización segura y para mitigar riesgos legales.
  • Casos Especiales (Excepciones Críticas): La desregulación no es absoluta. Ciertos elementos vitales de seguridad activa y pasiva continúan sujetos a controles y cumplimiento de normativas específicas, destacándose en este tipo de vehiculos: neumáticos (Ejemplo Norma IRAM 113320), y sistemas de frenos.
  • Vigencia Inalterable de la LCM y Homologación de las unidades: Es vital diferenciar los componentes sueltos del vehículo terminado. Mientras que el esquema de autopartes se flexibilizó, la exigencia de tramitar la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) para homologar automotores y todo tipo de remolques (tráilers, acoplados, casas rodantes) y homologación de Casas Rodantes motorizadas. Se mantiene plenamente vigente y obligatoria.



Certificados CHAS

Soy Fabricante de Acoplados y Tráileres, ¿necesito certificar las autopartes?

Sí, es indispensable contar con la documentación técnica de respaldo y utilizar componentes certificados.

Si bien el trámite tradicional del CHAS ante el INTI se ha flexibilizado, las regulaciones vigentes para gestionar y aprobar una nueva Licencia de Configuración de Modelo (LCM) exigen que la unidad (sea un vehículo autopropulsado o un remolque) esté ensamblada con piezas que cumplan estrictamente con normativas de seguridad internacionales o regionales reconocidas (como UNECE, DOT, ISO o IRAM). Al firmar el expediente, el fabricante asume la responsabilidad civil, penal y técnica sobre la idoneidad de dichas autopartes.

Para los vehículos remolcados de las categorías O1 (hasta 750 kg de Peso Bruto Total) y O2 (desde 751 kg hasta 3.500 kg de PBT), que representan el núcleo comercial de nuestro sector, los componentes críticos que DEBEN contar con certificación demostrable en el dossier técnico son:


Listado de Autopartes de Seguridad Exigido por Ley

Listado de Autopartes Críticas Sujetas a Control (Remolques y Tráileres)

A pesar de la flexibilización general del CHAS para repuestos, los componentes de seguridad activa y pasiva en remolques mantienen exigencias estrictas de homologación o certificación de normas internacionales (IRAM, DOT, ECE) debido a su impacto directo en la seguridad vial. Los principales son:

  • Neumáticos: Deben contar con certificación vigente (ej. norma IRAM 113320) y el índice de carga adecuado al Peso Bruto Total (PBT) del remolque.
  • Sistemas de Enganche (Tortugas, Ojales, Platos): En los casos de tortugas y ojales, con cadenas de seguridad secundaria.
  • Sistemas de Frenos: Ejes con freno eléctrico e inercial (obligatorios a partir de la categoría O2 750 Kg. hasta 3.500 Kg.).
  • Sistemas de Iluminación y Señalización Óptica: Faros traseros, luces de gálibo y material retro reflectivo.


Soy usuario y ya tengo un acoplado, tráiler o Casa Rodante (Usados y hasta 2021), ¿necesito certificar estas autopartes?

Sí, las autopartes críticas deben cumplir con las normativas de seguridad vigentes. La histórica "Patente 101" ha perdido validez legal para circular y su uso actual es causal de rechazo de cobertura por parte de las compañías de seguros.

Para regularizar un tráiler usado o de fabricación artesanal y obtener la chapa patente reglamentaria, el usuario debe gestionar un Certificado de Seguridad Vehicular (CSV) ante los Centros de Adecuación y Certificación autorizados por el Ministerio de Transporte de la Nación y emitido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) con respecto a Categoría O1 y ante la CNTySV con respecto a Categoría O2. No pudiéndose homologar remolques usados de Categoría O3 en adelante y quedando a entera responsabilidad del fabricante la homologación de dicha unidad.

El Centro de Adecuación y Certificación verificará mediante peritaje técnico que los componentes críticos (neumáticos, enganche, luces y estructura) cumplan de manera total con los estándares de seguridad exigidos por la ley antes de aprobar el informe técnico que habilita la emisión de toda la documentación para el alta con patentamiento o empadronamiento (Categoría O1 según el uso del mismo) y el alta con patentamiento para Categoría O2.

 

Voy a comprar un acoplado o tráiler 0 km, ¿necesito gestionar estas certificaciones?

No. Al adquirir una unidad 0 km legalmente fabricada, la responsabilidad de garantizar la homologación y seguridad de cada autoparte recae de manera exclusiva sobre el fabricante o armador.

El fabricante debe poseer de manera obligatoria la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) aprobada por la Secretaría de Industria. Al concretar la venta, la empresa le entregará al comprador la documentación oficial de origen (Certificado de Fabricación y Formularios 01 y 12 de ACARA). Con estos instrumentos, el adquirente tramita directamente la Inscripción Inicial en el Registro Seccional de la DNRPA correspondiente, obteniendo la chapa patente estándar sin necesidad de realizar peritajes técnicos ni validaciones de autopartes adicionales.

 

SEA UNA UNIDAD NUEVA O USADA, ES IMPORTANTE VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS TÉCNICOS Y DEL FABRICANTE, EN FATCRA NOS ENCONTRAMOS A PLENA DISPOSICIÓN DE FABRICANTES Y USUARIOS PARA EVACUAR CUALQUIER CLASE DE CONSULTA RESPECTO A CENTROS DE ADECUACION Y CERTIFICACIÓN COMO TAMBIEN A FABRICAS DEBIDAMENTE REGISTRADAS Y QUE CUENTEN CON LCM.